Entre los alcances de la Ley
Forestal de la Provincia Q 757 se estableció la necesidad de propiciar un
Régimen de Promoción Forestal, mediante la Ley Nº 4225 se creó el Fondo
Fiduciario de Desarrollo Forestal, con el propósito de generar asistencias
financieras y técnicas, este financiamiento permite poner en funcionamiento el
régimen de “Promoción de Actividades Forestales Rionegrinas” dirigido a todos
los productores forestales en la Provincia de Río Negro.
El año 2013 se facultó a la Subsecretaria de Recursos Forestales a
disponer los procedimientos administrativos para la implementación del régimen
de Promoción de Actividades Forestales Rionegrinas y en esa misma resolución se
aprobó la Operatoria de Financiamiento, estableciendo que los Aportes
Reintegrables serán percibidos por aquellos titulares de proyectos forestales
que se encuentren en condiciones de resultar beneficiarios del apoyo económico
establecido en la Ley Nacional Nº 25080 por medio de un contrato de Fideicomiso
del FONDO FIDUCIARIO DE DESARROLLO FORESTAL.
En el día de la fecha se hizo
efectivo el pago por parte de a Río
Negro Fiduciaria S.A. del
Aporte Económico Reintegrable a seis productores que han presentado planes de
Plantación, Poda y Raleo en la zona andina de la Provincia de Río Negro.
Fuente: Técnico Regional de la
Dirección de Producción Forestal para Patagonia Andina, Ing. Agr. Guillermo Melzner.